Se trata de una modalidad de pago
que se ha extendido rápidamente en los últimos 10 años, por lo que podemos
presuponer que alguna ventaja tendrá frente a otras modalidades. Pues bien,
siendo cierto que puede resultarnos un producto útil a la hora de trabajar con
clientes, conviene no confiarse pues tiene sus aristas, sus puntos débiles o
peligrosos.
Para empezar, debemos tener en
cuenta que el término confirming fue
registrado en su momento por el Santander. desconozco a día de hoy como esta el tema,
ya que el uso de esta denominación se ha generalizado por parte de la
competencia. Todas las entidades financieras están ofreciendo el servicio de
confirming dentro de su catálogo de productos, bien sea con esta terminología o
con otra, pudiendo denominarse dentro de la más amplia categoría de Gestión de Pago a Proveedores: la empresa
cede el proceso administrativo de pagos a sus proveedores a una Entidad
Bancaria.
Una vez precisado, conviene que
conozcamos como funciona en la práctica el Confirming. Veamos un ejemplo (caben
distintas posibilidades).
Dentro de las negociaciones con
mi cliente este me ofrece pagarme a 90 días desde la fecha de factura mediante
confirming de la Entidad X. Tras recibir la factura el Banco X me hace llegar
una carta. En la misma, hay un
documento con una apariencia muy similar a un pagaré, aunque no lo es.
En el mismo se indica que en la fecha indicada podré presentar dicho documento
al cobro. Así mismo, se me indica que
puedo anticiparlo en dicha entidad, liquidándolo al descuento, si no deseo esperar al vencimiento.
Dicho anticipo tiene la consideración de sin recurso, es decir, la entidad
financiera no irá contra mi en el supuesto de impago por parte del proveedor.
Si nos detenemos un momento,
observaremos que viene a funcionar de
una manera similar a un factoring pero a la inversa. En vez de tomar la
iniciativa el proveedor, de tener que buscarse la vida para conseguir que una
entidad le anticipe los fondos y le cubra el riesgo de impago, es el deudor, el
cliente, el que se lo pone en bandeja. Aparentemente es incluso mejor, ya que
se puede anticipar sin tener cuenta asociada en el banco, por caja, y, salvo
que se diga lo contrario, cubre
cualquier supuesto de impago, no solo el derivado de insolvencia
concursal, quedando a salvo de disputas comerciales.
En el siguiente post
veremos como todas estas ventajas que muchos señalan, y alguna otra que no
hemos citado, conllevan sus correspondientes limitaciones y servidumbres, y
entonces entenderemos que el confirming, que esta aparente red de seguridad, es
una solución más, pero no es la
solución definitiva para el eterno problema de la financiación del circulante
de nuestras pymes.
Hostelería Consultores
tel. 951 7049 50
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